PROYECTO DE COMPENSACION

CASO GESTION DE VUELOS


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COMPENSACION A AFECTADOS POR GESTION DE VUELOS

¿Vuelo Cancelado, Retrasado o Denegación de Embarque en España? Podría Tener Derecho a Compensación. CoCoo.uk Lanza Campaña para Pasajeros Aéreos Afectados.

¿Es Usted Uno de los Pasajeros Afectados?


Was Your Flight to or from Spain Delayed or Cancelled? It’s Time to Act.

If you have experienced a last-minute flight cancellation, a long delay, or were denied boarding on a flight between the UK and Spain, you understand the immense frustration. Being left without information, assistance, or the compensation you are legally owed is an unacceptable experience for any traveller. You are not alone, and this is not just bad luck.

Our extensive investigation has uncovered what we believe is a systemic failure by major airlines and Spanish authorities to uphold the rights of UK air passengers. For years, travellers have been wrongfully denied the compensation, care, and refunds they are entitled to under law. This allows airlines to operate without accountability, saving them millions at your expense.

COCOO.UK is now launching a landmark collective action to challenge this injustice. We are bringing together the voices of thousands of affected UK passengers to demand fair compensation and force fundamental changes to the system. By acting together, our collective voice becomes too powerful for airlines and regulators to ignore.

Your story is crucial evidence. We urge you to join this collective action today by registering your experience with us. By adding your case to ours, you strengthen our shared fight for justice and move us one step closer to ensuring that no UK traveller has to go through this again. Please share your experience on our secure platform and become part of the movement to reclaim your rights.


Posibles afectados

Esta campaña busca identificar y ayudar a los pasajeros aéreos que hayan sufrido alguna de las siguientes incidencias en vuelos:

  1. Con origen en un aeropuerto español.
  2. Con destino a un aeropuerto español desde un país fuera de la UE, operado por una aerolínea comunitaria.
  3. Con origen en un aeropuerto de la UE y destino a cualquier lugar, operado por una aerolínea comunitaria o no comunitaria.

Y que, como consecuencia, hayan experimentado:

  • Cancelación de su vuelo sin la debida antelación o justificación, y sin recibir la compensación y/o asistencia adecuada.
  • Gran retraso en la llegada a su destino final (generalmente 3 horas o más) sin recibir la compensación y/o asistencia adecuada.
  • Denegación de embarque contra su voluntad (por overbooking u otras causas imputables a la aerolínea) sin recibir la compensación y/o asistencia adecuada.
  • Imposibilidad de obtener el reembolso del billete cuando correspondía.

Tipos de Víctimas

* Pasajeros Aéreos:

* Que hayan sufrido cancelaciones de vuelos con origen o destino en España, o con aerolíneas comunitarias.

* Que hayan experimentado grandes retrasos en sus vuelos.

* A quienes se les haya denegado el embarque contra su voluntad.

* Que no hayan recibido la asistencia debida (comida, bebida, alojamiento, transporte alternativo) por parte de las aerolíneas en estos casos.

* Que no hayan recibido las compensaciones económicas que establece el Reglamento 261/2004.

* Que hayan tenido dificultades para que sus reclamaciones sean atendidas por las aerolíneas o por AESA.

* Asociaciones de Consumidores y Usuarios: Como representantes de los intereses colectivos de los pasajeros

Daño Común

La Vulneración Sistemática de sus Derechos como Viajero: El daño común para los pasajeros afectados es la privación de los derechos que el Reglamento (CE) nº 261/2004 les otorga de forma clara y directa. Esto se traduce en perjuicios económicos (gastos imprevistos de comida, alojamiento, transporte, pérdida de días de vacaciones o trabajo, coste de billetes no reembolsados) y daños morales (frustración, estrés, pérdida de tiempo). La presunta falta de aplicación efectiva y supervisión por parte de las autoridades españolas contribuye a que estos incumplimientos por parte de las aerolíneas se perpetúen, afectando de manera similar a un gran número de viajeros.

* Para Pasajeros Aéreos Afectados por una Misma Incidencia (ej. un vuelo cancelado específico): El daño común es la denegación de los mismos derechos (compensación, asistencia, reembolso) establecidos en el Reglamento 261/2004, debido a una misma causa (la cancelación o el gran retraso).

* Para Pasajeros Aéreos Afectados por un Incumplimiento Sistemático del Reglamento por una Aerolínea o por una Deficiente Supervisión Estatal: El daño común es la privación sistemática de sus derechos como pasajeros y los perjuicios económicos y morales derivados (pérdida de tiempo, gastos adicionales, frustración, incertidumbre). La incorrecta aplicación o la falta de supervisión efectiva del Reglamento 261/2004 por parte de las autoridades españolas sería el hecho común que afecta a todos los pasajeros que vuelan desde/hacia España o con aerolíneas comunitarias y sufren incidencias.

Beneficios de suscribirse a esta Campaña de Compensación

Subscribirse a una Campaña de compensación es unirse al grupo de posibles partes afectadas para facilitar la compensación de los posibles danos y perjuicios. Subscribirse a una Campaña de Compensación no crea una relación abogado-cliente y no le compromete a ninguna obligación, tarifa o coste. Si cree que usted o su organización pueden haber sido afectados por las prácticas descritas a continuación, por favor participe. Su información nos ayudará a evaluar la magnitud del daño potencial y unir fuerzas. Solo si nos unimos podemos exigir un mundo más justo. Subscribirse no le compromete a ninguna acción legal ni implica coste alguno. El exito de esta campaña depende de conseguir identificar a partes afectadas por un evento comun causado por un patrón de negligencia

Quien Somos?

COCOO.uk es una organización británica sin ánimo de lucro dedicada a la promoción de la competencia leal, la protección de inversores y consumidores, y la salvaguarda del interés público. Nuestro objetivo es la reparación colectiva en nombre de consumidores y competidores mediante CAMPANAS DE COMPENSACION para proteger y promover su Derecho a disciplinar a las partes responsables, publicas y privadas.  Oscar Moya LLedo es nuestro Solicitor (el equivalente Britanico a un Abogado) y desempeña un papel fundamental en nuestra misión de promover la competencia leal y proteger los derechos de los consumidores y empresas

Por que este Proyecto es necesario
  • Las aerolíneas no estén cumpliendo adecuadamente con sus obligaciones de información, asistencia y compensación a los pasajeros.
  • Las autoridades españolas competentes (como AESA) no estén ejerciendo una supervisión y un control suficientemente rigurosos para garantizar el cumplimiento del Reglamento por parte de las compañías aéreas.
  • Los pasajeros encuentren dificultades excesivas para reclamar y obtener las compensaciones que les corresponden legalmente.

Esta situación es tan grave que la Comisión Europea decidió en 2023 llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por la incorrecta aplicación de las normas sobre los derechos de los pasajeros aéreos

    • Existencia de presuntas deficiencias sistémicas en España en la aplicación efectiva del Reglamento (CE) nº 261/2004, que establece normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso de los vuelos.
    • Esta situación podría derivar de una incorrecta transposición de directivas relacionadas o de una implementación y supervisión deficientes del propio Reglamento por parte de las autoridades españolas (AESA, Ministerio de Transportes, Ministerio de Consumo).
    • La Comisión Europea ya remitió a España al Tribunal de Justicia de la UE en 2023 por estas deficiencias, lo que subraya la gravedad del problema

Posibles Causas de Acción

Acción Principal contra Aerolíneas: La vía más directa para los pasajeros es reclamar a las aerolíneas el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Reglamento 261/2004.

Responsabilidad del Estado como Vía Complementaria o Subsidiaria: La reclamación contra el Estado por responsabilidad patrimonial debido a la incorrecta aplicación del Derecho de la UE es más compleja pero podría ser viable si se demuestra un fallo sistémico en la supervisión y aplicación que impide a los pasajeros ejercer sus derechos de forma efectiva. Las cartas de CoCoo.uk apuntan en esta dirección

* Incumplimiento de Contrato de Transporte Aéreo por parte de las Aerolíneas: Cuando no proporcionan el transporte en las condiciones pactadas y no ofrecen la asistencia o compensación debida según el Reglamento 261/2004.

* Reclamación Directa de Derechos bajo el Reglamento (CE) nº 261/2004: Los pasajeros tienen derecho a reclamar directamente a las aerolíneas las compensaciones y la asistencia establecidas en el Reglamento.

* Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública (Estado Español): Si se demuestra que la transposición defectuosa de directivas relacionadas o la falta de aplicación y supervisión efectiva del Reglamento 261/2004 por parte de las autoridades españolas (AESA, Ministerios) ha causado un daño directo a los pasajeros (ej. imposibilidad de hacer valer sus derechos, denegación sistemática de compensaciones que deberían haber sido garantizadas por una correcta supervisión). Esta vía se basa en el principio de responsabilidad del Estado por infracción del Derecho de la UE (jurisprudencia Francovich).

Perjuicios Alegados

Perjuicio Directo a los Pasajeros Aéreos:

      • Negación de los derechos de compensación, asistencia (comida, alojamiento, transporte alternativo) o reembolso que les corresponden legalmente en casos de cancelación, gran retraso, denegación de embarque, etc.
      • Dificultades para reclamar eficazmente sus derechos ante las aerolíneas y las autoridades.

Distorsión de la Competencia entre Aerolíneas:

      • Aquellas aerolíneas que incumplen sistemáticamente con sus obligaciones bajo el Reglamento 261/2004 podrían estar obteniendo una ventaja competitiva desleal frente a las que sí cumplen, al ahorrarse los costes de compensaciones y asistencia.

Falta de Supervisión y Sanción Efectiva:

      • Presunta inacción o falta de diligencia por parte de AESA y otros organismos españoles en la supervisión del cumplimiento del Reglamento por parte de las aerolíneas y en la imposición de sanciones disuasorias

CAMPANA DE COMPENSACION:   FASES Y ARCHIVOS:   1     2

  • FASE 1:  Identificacion de carencias sistematicas de cumplimiento de la legislacion que protege a consumidores, competidores y el interes publico.
  • FASE 2:  Identificacion de posibles afectados y aunarlos a traves de esta plataforma. La mayoría de víctimas nunca reciben compensación y nunca se enteran de que son víctimas con derecho a compensación o restitución. Esto crea un desequilibrio significativo en el sistema de Justicia para la desventaja de consumidores y competidores. Por eso necesitamos unirnos. Unidos ganamos poder para negociar en igualdad de condiciones.
  • FASE 3: Negociacion del pago de compensacion economica o restitucion a las partes afectadas

AVISO LEGAL

Subscribirse a una Campaña de Compensación no crea una relación abogado-cliente y no le compromete a ninguna obligación, tarifa o coste. Las alegaciones aqui expuestas están sujetas a una investigación en curso y no han sido probadas ante un tribunal de justicia, salvo que se indique lo contrario. Toda la información proporcionada será tratada de forma confidencial de acuerdo con la normativa de protección de datos.  Este documento contiene las opiniones, creencias y alegaciones de COCOO.uk basadas en la información actualmente disponible y presentadas de buena fe. Estas afirmaciones están sujetas a investigación adicional y no deben interpretarse como hechos definitivos a menos que así se establezca en un procedimiento legal. COCOO.uk es una sociedad benefica, no un bufete de abogados. Las afirmaciones aquí expuestas se basan en la información actual y están sujetas a una investigación más profunda.  La base para una acción colectiva reside en que múltiples entidades y/o individuos han podido sufrir un daño económico similar como resultado de una conducta común, por ejemplo el sobreprecio pagado por consumidores o empresas, o una mala gestion del sector publico